Oscar F. Cascone
Judicialmente se logró condenar a una Escribana y su secretaria a pagar los daños y perjuicios, derivados de un actuar fraudulento en ejercicio de sus funciones.
En este caso valiéndose de una escritura pública de cesión de derechos hereditarios a su favor, uno de los hermanos perjudicó al otro vendiendo el inmueble de la Sucesión y apropiándose de todo el dinero. Pero resulta que esa escritura pública de cesión de derechos fue obtenida de la madre de ambos hermanos mientras estaba hospitalizada, sin conciencia de sus actos, una escribana inescrupulosa se prestó para hacer la escritura haciéndole poner la impresión dígito pulgar a la persona enferma, y su secretaria firmó por ella a ruego. Con motivo de la Sentencia en su contra, ambas quedaron condenadas al pago de la mitad del valor de la casa que le correspondía a la heredera perjudicada.
GARCIA, MARIA DEL CARMEN C/ ASSINARI, SILVIA ANDREA Y OTROS-ORDINARIO-SIMULACION-FRAUDE-NULIDAD-
“ Cámara 7a Civil y Comercial, Córdoba. Publicado en Semanario Jurídico Nº: 1739 “
31 de diciembre del 2009